Servicio-DGERR-Licencia Provisional

SERVICIO: LICENCIA PROVISIONAL

¿En qué consiste y cuándo realizarlo?

Según la Ley No.272 Ley de la Industria Eléctrica, la realización de estudios para las centrales de generación eléctrica que utilicen recursos naturales ( renovables y no renovables) con capacidad mayor a 1 MW, requieren de una Licencia Provisional emitida por el Ministerio de Energía y Minas, por un plazo máximo de dos años.  Dicha Licencia otorga al beneficiario los permisos necesarios para ingresar a los terrenos estatales, municipales o particulares que se requieran. Estos no podrán ser traspasados a terceros, según el Reglamento de la Industria Eléctrica.

¿Dónde se solicita este servicio?

En las oficinas de la Ventanilla Única de Trámites (VUT), ubicadas en el MEM Central. De la rotonda Roberto Terán (Centroamérica) 700 metros al oeste, Edificio Vista, primer piso. El horario de atención es de 08:00am a 12:00m y de 01:00pm a 05:00pm.

Para atender el servicio solicitado:

Para llenar el formulario de solicitud se requiere Acrobat Reader DC es gratis

Costo:

Previamente a la tramitación de la solicitud de Licencia provisional, el interesado constituirá en la ventanilla de caja del MEM un depósito de costas equivalente a C$ 1,000.00. En caso que la Licencia Provisional sea autorizada el Licenciatario pagará un costo de otorgamiento equivalente a un décimo del uno por ciento (0.1%) del valor de la inversión, a favor del MEM, según lo dispuesto en el Articulo No.121 del Reglamento de la Industria Eléctrica.

Consultas:

Para mayor información, escribir al correo atencionalcliente@mem.gob.ni

Nota: actualmente el pago del Depósito de Costas únicamente puede ser enterado en la ventanilla de tesorería de este Ministerio.


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