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El Ministerio de Energía y Minas (MEM), se crea en el artículo No.4 de la Ley No. 612, “Ley de Reformas y Adiciones a la Ley No. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”, aprobada el 24 de enero del año 2007 y publicada en la Gaceta, Diario Oficial No. 20 del 29 de enero del año 2007.

El MEM, se concibe como la entidad sucesora de la Comisión Nacional de Energía (CNE), creada mediante la Ley No. 272, “Ley de la Industria Eléctrica”, aprobada el 18 de marzo del año 1998 y publicada en la Gaceta, Diario Oficial No. 74 del 12 de abril del año 1998, como un organismo adscrito al Poder Ejecutivo, con las funciones principales de formular los objetivos, políticas, estrategias y directrices generales de todo el sector energético, así como su planificación indicativa.

El texto consolidado de la Ley No. 290, “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo” aprobada el 10 de junio de 2021 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 170 del 21 de septiembre del año 2023, establece las atribuciones y competencias del Ministerio de Energía y Minas, al cual le corresponden entre otros, la formulación, coordinación y ejecución del plan estratégico de políticas públicas del sector energía y recursos geológicos; negociar contratos de exploración y explotación petrolera y de recursos geológicos; así como dirigir el funcionamiento y administración de las empresas del Estado que operan en el sector energético; administrar y reglamentar el Fondo para el Desarrollo de la Industria Eléctrica Nacional e impulsar políticas y estrategias que permitan el uso de fuentes alternas de energía para la generación de electricidad.

De igual manera, el Ministerio de Energía y Minas (MEM), asume las facultades de la Dirección General de Recursos Naturales en materia de recursos minerales y de todas las facultades y competencias en materia de recursos naturales, de la Administración de los Recursos Geológicos, Adgeo; ambas dependencias anteriormente adscritas al Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC); así como, la transferencia de la competencia de exploración y explotación de los recursos geotérmicos, atribuida anteriormente al Instituto Nicaragüense de Energía (INE).

 

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