Servicio-DGERR-Ampliacion Licencia de Generacion

SERVICIO: AMPLIACIÓN LICENCIA DE GENERACIÓN

¿En qué consiste y cuándo realizarlo?

Es el proceso que realiza un titular de Licencia de Generación  para obtener la aprobación de agregar nuevas obras e instalaciones a una Licencia ya otorgada, para lo cual según lo establecido en la Ley 272, Ley de la Industria Eléctrica, su Reglamento y Normativa de Licencias y Concesiones,  requiere de una autorización del estado de Nicaragua a través del Ministerio de Energía y Minas con la emisión de un Acuerdo Ministerial y posteriormente la realización de una Adenda al Contrato de Licencia.

¿Dónde se solicita este servicio?

En las oficinas de la Ventanilla Única de Trámites (VUT), ubicadas en el MEM Central. De la rotonda Roberto Terán (Centroamérica) 700 metros al oeste, Edificio Vista, primer piso. El horario de atención es de 08:00am a 12:00m y de 01:00pm a 05:00pm.

Para atender el servicio solicitado:

Costo:

Previamente a la tramitación de la solicitud de Ampliación de Capacidad de Licencia de Generación, el interesado constituirá en la ventanilla de caja del MEM un depósito de costas equivalente a C$ 1,000.00. En caso que la Ampliación de Licencia de Generación sea autorizada el Licenciatario pagará un costo de otorgamiento equivalente a un décimo del uno por ciento (0.1%) del valor de la inversión, a favor del MEM, según lo dispuesto en la Ley No.272 y su reglamento.

Consultas:

Para mayor información, escribir al correo atencionalcliente@mem.gob.ni

Nota: actualmente el pago del Depósito de Costas únicamente puede ser enterado en la ventanilla de tesorería de este Ministerio.


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