Servicio-DGERR-Licencia de Generacion

SERVICIO: LICENCIA DE GENERACIÓN

¿En qué consiste y cuándo realizarlo?

Según la Ley No.272 Ley de la Industria Eléctrica, la Licencia de Generación es otorgada por el Ministerio de Energía y Minas a un Agente Económico para generación de energía eléctrica,  para  la construcción y operación de proyectos con capacidad instalada mayor de 1MW, de conformidad a las leyes de la materia, por un plazo máximo de 30 años.

Para todos los  proyectos de generación, es requisito indispensable que previo a la solicitud de Licencia de Generación, haya concluido satisfactoriamente la Licencia Provisional para la realización de Estudios que demuestren la Factibilidad del Proyecto.

¿Dónde se solicita este servicio?

En las oficinas de la Ventanilla Única de Trámites (VUT), ubicadas en el MEM Central. De la rotonda Roberto Terán (Centroamérica) 700 metros al oeste, Edificio Vista, primer piso. El horario de atención es de 08:00am a 12:00m y de 01:00pm a 05:00pm.

Para atender el servicio solicitado:

Costo:

Previamente a la tramitación de la solicitud de Licencia de Generación, el interesado constituirá en la ventanilla de caja del MEM un depósito de costas por C$ 1,000.00. En caso que la Licencia Provisional sea autorizada el Licenciatario pagará un costo de otorgamiento equivalente a un décimo del uno por ciento (0.1%) del valor de la inversión, a favor del MEM, según lo dispuesto en la Ley No.272 y su reglamento.

Consultas:

Para mayor información, escribir al correo atencionalcliente@mem.gob.ni

Nota: actualmente el pago del Depósito de Costas únicamente puede ser enterado en la ventanilla de tesorería de este Ministerio.


© 2022 Derechos Reservados | Ministerio de Energía y Minas - Nicaragua