Servicio-Hidrocarburos-AUTORIZACIÓN DE CONSTRUCCIÓN PARA NUEVAS INSTALACIONES INDUSTRIALES CON CAPACIDAD MAYOR A 501 GALONES (COMBUSTIBLE LIQUIDO O GLP)

SERVICIO: AUTORIZACIÓN DE CONSTRUCCIÓN PARA NUEVAS INSTALACIONES INDUSTRIALES CON CAPACIDAD MAYOR A 501 GALONES (COMBUSTIBLE LIQUIDO O GLP)

¿En qué consiste y cuándo realizarlo?

En caso de estar interesado en instalar un tanque o recipiente estacionario con capacidad mayor a 501 galones, que almacene combustible líquido o gas licuado de petróleo (GLP) para consumo propio en cualquier tipo de actividad comercial, industrial, proceso, etc., como dueño de las instalaciones o arrendatario de las mismas, deberá presentar ante la Dirección General de Hidrocarburos la solicitud.

Habiendo finalizado el proceso de seguimiento por parte del personal de competente de la DGH a las diferentes etapas constructivas, el MEM emitirá el correspondiente Certificado de cumplimiento.

¿Dónde se solicita este servicio?

En las oficinas de la Ventanilla Única de Trámites (VUT), ubicadas en el MEM Central. De la rotonda Roberto Terán (Centroamérica) 700 metros al oeste, Edificio Vista, primer piso. El horario de atención es de 08:00am a 12:00m y de 01:00pm a 05:00pm.

Para atender el servicio solicitado:

Notas:

Los  requisitos señalados  han sido  estipulados en  la ley No. 277 “Ley de  Suministro de Hidrocarburos”, publicada en La Gaceta No.173 del 11 de  septiembre de 2012 y en el Decreto No.39-2011 “Reglamento de la Ley de Suministro de hidrocarburos”, publicado en La Gaceta No.152 y 153 del 15 y 16 de agosto de 2011, respectivamente.

Toda la documentación legal debe ser presentada autenticada (Escritura de Constitución, Poder General de Administración, Poder especial de representación).

Costo:

  • De la Autorización de Construcción de Nueva Instalación Industrial, es el equivalente al uno por mil (0.001%) del costo total de la obra.
  • Para los proyectos mayores a cien millones de dólares (US$100,000,000.00) se establece un pago hasta de un millón de dólares.

Notas: Actualmente el pago únicamente puede ser en la ventanilla de tesorería de este Ministerio. El pago del valor no es reembolsable.

Consultas:

Para mayor información, escribir al correo atencionalcliente@mem.gob.ni


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