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SERVICIO: LICENCIA PARA TRANSPORTE POR DUCTO

¿En qué consiste y cuándo realizarlo?

El desarrollo de este tipo de infraestructura para el transporte por ducto o poliducto, de crudo o productos limpios, requerirá primeramente cumplir con los requisitos de obtención de Autorización de construcción de instalaciones petroleras

Habiendo finalizado el proceso de seguimiento por parte del personal competente de la DGH a las diferentes etapas constructivas de las instalaciones, el MEM emitirá el correspondiente Certificado de cumplimiento.

La Ley No. 277 “Ley de Suministro de Hidrocarburos” requiere que se obtenga la correspondiente Licencia que lo habilite para este tipo de transporte, debiendo presentar ante la Dirección General de Hidrocarburos la solicitud de Nueva Licencia.

.¿Dónde se solicita este servicio?

En las oficinas de la Ventanilla Única de Trámites (VUT), ubicadas en el MEM Central. De la rotonda Roberto Terán (Centroamérica) 700 metros al oeste, Edificio Vista, primer piso. El horario de atención es de 08:00am a 12:00m y de 01:00pm a 05:00pm.

Para atender el servicio solicitado:

Notas:

Toda la documentación legal debe ser presentada autenticada (Escritura de Constitución, Poder General de Administración, Poder especial de representación).

Las licencias para transporte por ducto tienen una vigencia de Veinte (20) años.

Costo:

  • Nueva          : US$ 3,000.00
  • Renovación : US$ 1,500.00

Notas: Actualmente el pago únicamente puede ser en la ventanilla de tesorería de este Ministerio. El pago del valor de la licencia no es reembolsable.

Consultas:

Para mayor información, escribir al correo atencionalcliente@mem.gob.ni


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