SERVICIO: LICENCIA PARA CENTRO O PUESTO DE DISTRIBUCIÓN MINORISTA DE LOS DERIVADOS DEL PETRÓLEO
¿En qué consiste y cuándo realizarlo?
Este tipo de instalaciones se define como los sitios de distribución o comercialización Minorista Autorizados por el MEM, ubicados en las áreas cercanas a ríos navegables donde no existen depósitos o estaciones de servicio que garanticen el suministro seguro de hidrocarburos.
Para realizar la actividad de venta al público, el agente económico o su representante deberá obtener la correspondiente Licencia de Centro o Puesto de Distribución minorista de productos derivados del petróleo.
¿Dónde se solicita este servicio?
En las oficinas de la Ventanilla Única de Trámites (VUT), ubicadas en el MEM Central. De la rotonda Roberto Terán (Centroamérica) 700 metros al oeste, Edificio Vista, primer piso. El horario de atención es de 08:00am a 11:30 am y de 01:00pm a 04:30 pm.
Para atender el servicio solicitado:
Nota: Toda la documentación legal debe ser presentada autenticada (Escritura de Constitución, Poder General de Administración, Poder especial de representación, Escrituras de propiedad o contratos).
Costo:
La solicitud de licencia tiene un valor de:
- Nueva : US$ 500.00
- Renovación: US$ 250.00
Nota: Actualmente el pago únicamente puede ser en la ventanilla de tesorería de este Ministerio. El pago del valor de la licencia no es reembolsable.
Consultas:
Para mayor información, escribir al correo atencionalcliente@mem.gob.ni