SERVICIO: PRORROGA DE LICENCIA DE GENERACIÓN DE ENERGÍA O CONCESIÓN DE DISTRIBUCIÓN
¿En qué consiste y cuándo realizarlo?
Es el proceso que realiza un titular de Licencia de Generación o Concesión, previo al vencimiento del plazo señalado en el Contrato, para obtener la “Prórroga del Período de la Licencia o Concesión” por un período igual al inicialmente concedido, para lo cual según lo establecido en la Ley 272, Ley de la Industria Eléctrica, su Reglamento y Normativa de Licencias y Concesiones, requiere de una autorización del estado de Nicaragua a través del Ministerio de Energía y Minas con la emisión de un Acuerdo de Otorgamiento y posteriormente la realización de una Adenda al Contrato de Licencia o Concesión.
¿Dónde se solicita este servicio?
En las oficinas de la Dirección General de Electricidad y Recursos Renovables. De la rotonda Roberto Terán (Centroamérica) 700 metros al oeste, edificio MEM – ENATREL, tercer piso. El horario de atención es de 08:00am a 12:00m y de 01:00pm a 05:00pm.
Para atender el servicio solicitado:
Para las Prórroga de Licencia Provisional, la solicitud solamente comprenderá la carta de solicitud de prórroga e informe que muestre el cumplimiento de los requisitos y obligaciones de la correspondiente Licencia.
En el caso de las Licencias de Generación, de Transmisión o Concesiones de Distribución la solicitud deberá ser presentada con una anticipación no menor que veinticuatro meses al vencimiento del plazo para el cual fue otorgada la Concesión o Licencia.
Los documentos que deberá contener la solicitud son:
- Permisos
- Formato de Anexo de Manejo de Aguas (aplicable únicamente para proyectos hidroeléctricos)
- Anexo Ambiental
- Anexo de Equipamiento
- Anexo de Obras
- Documentación Legal y Financiera
- Recibo de pago del depósito de Costas a la orden del MEM
- Formulario de Solicitud de Prorroga
- Carta de Solicitud de Ampliación de Licencia de Generación de Energía dirigida al Ministro de Energía y Minas
Nota: El MEM verificará el cumplimiento de los requisitos y obligaciones de la correspondiente Concesión o Licencia para su aprobación o denegación.
Costo:
Previamente a la tramitación de la solicitud de Prórroga de Licencia de Generación o Concesión de Distribución, el interesado constituirá en la ventanilla de caja del MEM un depósito de costas equivalente a C$ 1,000.00. En caso que la Prórroga de Licencia de Generación o Concesión de Distribución sea autorizada el Licenciatario pagará un costo de otorgamiento equivalente a un décimo del uno por ciento (0.1%) del valor de la inversión, a favor del MEM, según lo dispuesto la Ley No.272 y su Reglamento.
Consultas:
Para mayor información, escribir al correo atencionalcliente@mem.gob.ni
Nota: actualmente el pago del Depósito de Costas únicamente puede ser enterado en la ventanilla de tesorería de este Ministerio.
